A efectos de lo previsto en el Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, de transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles (la «LME»), se hace público lo siguiente:
- El 30 de junio de 2025, los órganos de administración de las sociedades arriba indicadas, aprobaron y suscribieron de forma conjunta un proyecto de fusión entre NUNSYS S.A., como sociedad absorbente, y SOTHIS TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN, S.L. Sociedad Unipersonal, como sociedad absorbida, proyecto que se pone a su disposición a los efectos oportunos.
- Mediante la fusión proyectada, la Sociedad Absorbida, transmitirá en bloque la totalidad de su patrimonio social a la sociedad absorbente NUNSYS S.A., adquiriendo esta última por sucesión universal la totalidad de sus derechos y obligaciones. La Sociedad Absorbida, SOTHIS TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN, S.L. Sociedad Unipersonal, quedará extinguida (disuelta sin liquidación) a raíz de esta fusión.
- En el referido proyecto y respecto del impacto de la fusión en el empleo se indica que “Como consecuencia de la Fusión por absorción descrita, no se extinguirán las relaciones laborales existentes en las sociedades participantes. En su lugar, la Sociedad Absorbente se subrogará en los derechos y obligaciones laborales y de Seguridad Social de la Sociedad Absorbida, incluyendo los compromisos por pensiones y, en general, las obligaciones adquiridas en materia de protección social complementaria. Asimismo, no se producirá cambio de centro de trabajo de los trabajadores y se respetarán las condiciones del convenio aplicable a los mismos.”
- Antes del 30 de diciembre de 2025, se someterá a la aprobación de la Junta General de accionistas de NUNSYS, S.A., la fusión indicada en los términos contenidos en el referido proyecto.
- La fusión se ejecutará como una fusión especial conforme al artículo 53 de la LME.
- Las sociedades referidas han elaborado sus respectivos balances de fusión sobre la base de los balances de sus cuentas anuales, cerrados a 31 de diciembre de 2024, y debidamente auditados.
Asimismo, se hace constar el derecho que asiste a los trabajadores de las sociedades que se fusionan a obtener el proyecto de fusión, los correspondientes balances de fusión y el informe elaborado por el órgano de administración de NUNSYS, S.A. sobre las consecuencias de la fusión en el empleo.
En Paterna, a 21 de noviembre de 2024